Abogados expertos en Latigazo Cervical
Reclamamos la indemnización que te corresponde por esguince cervical o 'whiplash' según el baremo de tráfico. No aceptes los 600€ que ofrece el seguro por defecto sin que un abogado revise tu informe médico.
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Obtén una estimación orientativa del importe que te corresponde según el baremo oficial.
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El importe final depende de tus días reales de perjuicio personal y de si quedan secuelas tras el alta — algo que la oferta inicial del seguro nunca refleja porque se hace antes de que termine tu recuperación.
Se indemnizan los días de perjuicio personal básico según el baremo, desde la fecha del accidente hasta el alta médica.
Si queda alguna limitación de movilidad o dolor crónico, se suma una indemnización por puntos de secuela, además de los días de baja.
Fisioterapia, pruebas diagnósticas y desplazamientos a revisiones también son reclamables si están justificados.
Tus Derechos
- Indemnización calculada sobre tu informe médico real, no sobre una cifra fija del seguro
- Revisión gratuita de la oferta antes de que la firmes
- Reclamación de gastos de fisioterapia y desplazamientos
- Sin coste inicial: solo cobramos si conseguimos indemnización
Resolvemos tus dudas
Todo lo que necesitas saber sobre tu reclamación y tus derechos como víctima.
Depende de los días de curación y de si quedan secuelas, según el baremo de tráfico (Ley 35/2015). Como orientación: un latigazo cervical sin secuelas, con 15-30 días de perjuicio personal básico, suele moverse entre 500 € y 1.800 €. Si quedan secuelas leves (1-5 puntos), la cifra puede subir a 2.000-6.000 €. Son rangos ilustrativos: la cuantía exacta depende de la tabla oficial vigente ese año, tu edad y el informe médico-legal. Puedes calcular tu caso concreto gratis en nuestra calculadora o pedirnos una valoración.
Las aseguradoras suelen hacer una oferta inicial baja y fija, antes de que termine tu tratamiento, para cerrar el expediente cuanto antes. Esa oferta no tiene en cuenta los días reales de baja, la rehabilitación ni las secuelas que puedan quedar. El baremo te da derecho a una indemnización calculada sobre tu evolución médica real, no sobre una cifra estándar del seguro.
El parte de asistencia sanitaria inicial, los informes de todas las revisiones y sesiones de rehabilitación, el informe de alta médica (con fecha de estabilización y secuelas si las hay), y el atestado o parte amistoso del accidente. Cuanta más continuidad haya en el seguimiento médico, más sólida es la reclamación.
El plazo general es de un año desde la fecha de estabilización de las lesiones (el alta médica definitiva), no desde el día del accidente. Si ya tienes el alta y no has reclamado, conviene no dejarlo pasar.
En la mayoría de los casos no. El baremo está pensado para resolverse por vía extrajudicial directamente con la aseguradora. Solo si la compañía no ofrece una cantidad ajustada a tu informe médico se plantea la vía judicial.
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